martes, 1 de agosto de 2017

Sobre el Abuso Sexual


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En años recientes, ha aparecido un volumen creciente de investigaciones sobre las consecuencias de la violencia contra la mujer, sobre la salud física y mental y la carga que ello impone en los sistemas de atención de la salud.

Si bien gran parte de esta investigación proviene del mundo industrializado, los médicos clínicos y activistas de los países en desarrollo confirman que la literatura de los Estados Unidos coincide con sus experiencias con mujeres golpeadas y sobrevivientes de agresión y abuso sexual.


Cuando se considera esta literatura en conjunto con las estimaciones de la prevalecía de la violencia de género en diferentes lugares del mundo, la magnitud de la carga de salud vinculada con la violencia comienza a aparecer con claridad.

Violencia Sexual


Violencia Sexual

El concepto de VIOLENCIA SEXUAL es cambiante según la perspectiva desde la que se analice: jurídica, psicológica, tipo de sociedad y creencias culturales. Hace unos años, el estudio de las agresiones sexuales se centraba en el delito y en los violadores, pero actualmente se centra en los efectos y en las víctimas. La conceptualización más común considera la violencia sexual hacia las mujeres como un acto de poder, agresión y degradación, además del componente sexual por parte del hombre hacia la mujer.


Maltrato y Abuso Sexual


Las sanciones penales que establece la LOPNA, sanciona la tortura en el artículo 253, el trato cruel en el artículo 254 y la explotación o abuso sexual en los artículos 258, 259 y 260; cuyas penas van desde 1 a 12 años de prisión; dependiendo de la gravedad y del rol del culpable.

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Diversos tipos de maltrato infantil
El maltrato infantil es toda forma de agresión que por acción u omisión ejerce un adulto (padre, madre, hermano, tío, maestro o persona de autoridad), sobre un niño o adolescente con el que mantiene contacto regular y que puede provocarle un daño físico, emocional y hasta la muerte.
El Consejo de Protección del municipio Independencia, señala tres tipos de maltrato: físico, cuando deja huellas evidentes y lesiones que requieren asistencia médica y hasta pueden ocasionar la muerte; psicológico, el más difícil de detectar, el cual es producto de insultos, amenazas, abandono físico y emocional, falta de atención o afecto, expresiones humillantes o de rechazo y otro tipo de descalificaciones y el maltrato por omisión o negligencia que está asociado a la irresponsabilidad de los padres o a la falta de preparación de los mismos para cumplir con sus deberes para con sus hijos.
El organismo también alerta sobre los síntomas que pueden presentar las víctimas, sea en lo físico como moretones y marcas de golpes en el cuerpo, cicatrices que pueden dejar hebillas, cables, látigos, etc; huellas de quemaduras producidas por cigarrillos o agua caliente en manos, pies o espalda, rasguños marcas de uñas, ausencia de cabello y hospitalizaciones por enfermedades o accidentes repetidos.
El maltrato psicológico solo puede ser diagnosticado por un especialista, pero es importante estar atento si se observa desconfianza del niño hacia los adultos, nerviosismo o angustia ante la presencia del maltratador, miedo de ir a la escuela, bajo rendimiento escolar, tic nervioso o conductas negativas, agresivas, destructivas o extremas, como muy pasivos o hiperactivos.
Lo que dice la Ley
El artículo 91 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se refiere al deber y derecho de denunciar amenazas de violaciones de los derechos y garantías de los niños y adolescentes.

Textualmente señala: "Todas las personas tienen derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos de amenazas o violaciones a los derechos o garantías de los niños y adolescentes. 

No mas violencia


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Violencia en el Hogar


La violencia en el hogar, especialmente los golpes a la cónyuge, es tal vez la forma más generalizada de violencia contra la mujer. En países en que se realizan estudios fiables en gran escala sobre la violencia basada en el género, se informa de que más del 20% de las mujeres han sido víctimas de maltrato por los hombres con los que viven.
De acuerdo con el Informe sobre el Desarrollo Mundial 1993 del Banco Mundial, las violaciones y la violencia en el hogar culminan en la pérdida de más años de vida saludable, entre las mujeres de 15 a 44 años de edad, que el cáncer mamario, el cáncer del cuello del útero, el parto obstruido, la guerra o los accidentes de tránsito.
En respuesta a la Plataforma de Acción de Beijing, los Estados Miembros de las Naciones Unidas y la comunidad internacional han tratado de encontrar la manera de combatir más eficazmente la violencia en el hogar:

  • Muchos Estados han promulgado leyes en que se reconoce que la violencia ejercida por los maridos debe ser tratada de la misma forma que la ejercida por extraños. En Suecia esos actos se definen como graves violaciones de la integridad de la mujer, y se someten a penas más severas que en los casos en que esos mismos actos sean realizados por extraños.
  • Austria, Belarús, Bhután, Hungría, México, Portugal y Seychelles han decidido, por primera vez, considerar delito la violencia sexual ejercida contra las mujeres por sus maridos.
  • En Sri Lanka, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha trabajado en estrecha colaboración con las autoridades y las organizaciones no gubernamentales para prevenir la violencia en el hogar mediante la educación del público utilizando los medios de información y celebrando cursos prácticos destinados a sensibilizar a los miembros del poder judicial y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
  • Belarús, Polonia, la Federación de Rusia y Zimbabwe figuran entre los Estados que han tratado de introducir servicios, como los hogares de acogida y las líneas telefónicas especiales, para ofrecer apoyo a las víctimas de la violencia.
  • Estados como Argelia y Brunei Darussalam han creado dependencias, en sus departamentos de policía, encargadas de combatir la violencia en el hogar.
  • Islandia ha creado un proyecto experimental de dos años de duración, titulado "Hombres de responsabilidad", destinado a los hombres violentos. El proyecto es supervisado cotidianamente por la Cruz Roja de Islandia y se someterá a evaluación cuando haya terminado.

Cibferebcua de Beijing



Desde la celebración de la Conferencia de Beijing cinco años atrás, se han adoptado importantes medidas en el plano internacional para eliminar la violencia contra la mujer:

  • En el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobado por la Asamblea General el 6 de octubre de 1999, se establece el derecho de la mujer de pedir reparación por la violación de sus derechos humanos, incluida la violencia basada en el género.
  • La Asamblea General aprobó en 1997 las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo para la eliminación de la violencia contra la mujer en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal.
  • Al igual que los tribunales penales internacionales para la ex Yugoslavia y Rwanda, el estatuto de la Corte Penal Internacional, aprobado en junio de 1998, contiene disposiciones específicas relativas a los delitos basados en el género.
  • Un proyecto de protocolo de un nuevo tratado propuesto, una convención de las Naciones Unidas para la supresión de la delincuencia organizada transnacional, versa concretamente sobre la trata de seres humanos, en particular de mujeres y niños.

Declaración contra la Violencia contra la Mujer



La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, demuestra el reconocimiento y la comprensión internacionales de que la violencia contra la mujer es una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra la mujer.

En la Plataforma de Acción adoptada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se define la violencia contra la mujer como una de las 12 esferas de especial preocupación que deben ser objeto de particular hincapié por parte de los gobiernos, la comunidad internacional y la sociedad civil.


En su 42º período de sesiones, celebrado en 1998, la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas propuso nuevas medidas e iniciativas que deberían aplicar los Estados Miembros y la comunidad internacional para poner fin a la violencia contra la mujer, incluida la incorporación de una perspectiva de género en todas las políticas y programas pertinentes. Entre las conclusiones convenidas del período de sesiones figuran medidas destinadas a prestar apoyo a la labor de las organizaciones no gubernamentales, combatir todas las formas de trata de mujeres y niñas, promover y proteger los derechos de los trabajadores migrantes, en particular las mujeres y los niños, y promover las actividades coordinadas de investigación sobre la violencia contra la mujer.

Violencia Contra la Mujer


Universidad Yacambú
Leyes Penales Especiales

Silvana González
v-16748835


Violencia contra la mujer


"La violencia contra la mujer es quizás la más vergonzosa violación de los derechos humanos. No conoce límites geográficos, culturales o de riquezas. Mientras continúe, no podremos afirmar que hemos realmente avanzado hacia la igualdad, el desarrollo y la paz."

Kofi Annan,
Secretario General de las Naciones Unidas


La violencia contra la mujer adopta formas diversas, incluidos la violencia en el hogar; las violaciones; la trata de mujeres y niñas; la prostitución forzada; la violencia en situaciones de conflicto armado, como los asesinatos, las violaciones sistemáticas, la esclavitud sexual y el embarazo forzado; los asesinatos por razones de honor; la violencia por causa de la dote; el infanticidio femenino y la selección prenatal del sexo del feto en favor de bebés masculinos; la mutilación genital femenina y otras prácticas y tradiciones perjudiciales.